Introducción
La posibilidad de que una fragancia sea considerada como una obra y, en consecuencia, protegida por el derecho de autor es algo que está comenzando a ser examinado por tribunales judiciales en diferentes países. En este boletín tomaremos como punto de referencia lo sucedido al respecto en las jurisdicciones holandesa y francesa.
Antecedentes procesales
En el caso holandés evocaremos una sentencia del 16 de junio de 2006 emanada de la Corte Suprema de los Países Bajos por medio de la cual se reconoció, en favor de la sociedad Lancôme (y en particular de su perfume Trésor) la protección por la vía del derecho de autor.
En lo que se refiere a Francia esta situación a dado lugar a jurisprudencias orientadas en diferentes sentidos. Dentro de las más recientes se destacan las decisiones del 25 de enero de 2006 en la que la Corte de Apelaciones de París reconoció la protección, la del 13 de junio de 2006 en donde la Corte de Casación negó dicha protección y la del 14 de febrero de 2007 de la Corte de Apelaciones de París que reconoció nuevamente este tipo de protección. (Es de destacar en este último caso que la Corte de Apelaciones de París es una instancia inferior a la Corte de Apelaciones.)
La sociedad Lancôme y el perfume Trésor
Lancôme Paris es sociedad que fabrica cosméticos de lujo y hace parte del Grupo L’Oréal.
L’Oréal es hoy en día la empresa productora de cosméticos más grande del mundo. Emplea a más de 67.000 personas y tiene un monto de negocios de más de 4.000 millones de dólares (cifra estimada en 2008).
El perfume Trésor, creado por Jean Hervelin en 1952 es definido como un aroma afrutado que resulta principalmente de la mezcla de fragancias de casís y de rosa damasco.
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Boletín 4. El perfume y el derecho de autor
16 febrero 2011
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Creación en Proceso
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Sobre su autor
Juan David Castro García es abogado de la Universidad Externado de Colombia, especialista en derecho de autor, propiedad industrial y en derecho de las nuevas tecnologías. Socio fundador de NEXUM Abogados (especialistas en propiedad intelectual, marcas, patentes, derecho de autor, secreto empresarial, derecho de la competencia y registro sanitario). Para contactar a Juan David: correojdc@gmail.com o castro3322@gmail.com
o al whatsapp +573153941600
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El propósito de este blog es el de promover la reflexión y la discusión en torno de la manera como se han solucionado, o se podrán solucionar, situaciones o conflictos originados en la manifestación de la creatividad humana, ya sea en el campo del arte, de la literatura o de la industria y la ciencia.
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